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  • Auxilios de Solidaridad


    El Fondo de Empleados te otorga un porcentaje de los gastos generados en las siguientes situaciones:

    Incapacidad médica temporal

    Se concede únicamente al asociado por una incapacidad superior a ocho (08) días continuos.

    Cuantía: Máximo del 15% de 1 S.M.M.L.V., otorgado por única vez al año, de la siguiente manera:

    • Incapacidad entre 9 y 15 días, el 7% de 1 S.M.M.L.V.
    • Incapacidad entre 16 y 29 días, el 10% de 1 S.M.M.L.V.
    • Incapacidad igual o superior a 30 días, el 15% de 1 S.M.M.L.V.

    Nota: No aplican las licencias de maternidad y procedimientos quirúrgicos estéticos.

    Calamidad doméstica y/o emergencia social

    Por pérdidas inesperadas que lleven a situaciones apremiantes de índole familiar, asonada, terremoto, explosión, incendio, inundación o destrucción violenta ocurrida a la vivienda propiedad del asociado, debidamente comprobadas.

    Cuantía: 15% de 1 S.M.M.L.V., por única vez al año.

    Auxilio funerario

    Se otorga al asociado por fallecimiento de un integrante de su grupo familiar en primer grado de consanguinidad, cónyuge o compañera(o) permanente e hijos adoptivos en estos últimos casos deberán acreditar tal relación en la forma prevista en la ley.

    Cuantía: La asignación del auxilio será del 20% de 1 S.M.M.L.V. por única vez al año.

    Fallecimiento del asociado

    Se otorgará al(a los) beneficiario(s) relacionados en la hoja de vida del asociado o en su efecto a los que tengan derecho a reclamar según lo estipulado por la ley.

    Cuantía: 20% de 1 S.M.M.L.V.

    Nacimiento

    Se otorga al asociado por el nacimiento de un hijo.

    Cuantía: La asignación del auxilio será del 20% de 1 S.M.M.L.V. por única vez al año.

    Nota: En caso de que ambos padres del recién nacido sean asociados, se entregará un auxilio por núcleo familiar.

     

    óptica

    Se otorga al asociado por la compra de lentes o gafas.

    Cuantía: La asignación del auxilio será del 6% de 1.S.M.M.L.V por única vez al año.

    Requisitos y plazos

     

    Auxilio

    Requisitos

    Plazo

    Incapacidad médica temporal
    • Incapacidad médica de la eps y/o soat.
    30 días calendario, posteriores a la incapacidad.
    Calamidad doméstica y/o emergencia social
    • Certificado de la oficina de prevención de desastres, bomberos y/o entidad competente.
    • Certificado de libertad y tradición del inmueble.
    • Contrato de arrendamiento.
    30 días calendario, posteriores al siniestro.
    Fallecimiento del asociado
    • Certificado de defunción.
    • Documento de identidad que acredite al beneficiario del asociado fallecido.
    • Copia del documento de identidad del beneficiario.
    60 días calendario posteriores al siniestro.
    Funerario
    • Certificado de defunción.
    • Documento de identidad que acredite parentesco con el asociado.
    • Copia del documento de identidad.
    60 días calendario posteriores al fallecimiento.
    Nacimiento 
    • Registro Civil de nacimiento 
    30 días calendario, posteriores al nacimiento.
    Óptica 
    • Factura electrónica vigente 
    30 días calendario, posteriores a la compra. 

     


    AL MOMENTO DE SOLICITAR TU AUXILIO DEBES TENER EN CUENTA:

    NOTA: no aplican las licencias de maternidad, procedimientos quirúrgicos estéticos, accidentes de trabajo, ni enfermedad profesional.